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Sanciones a DISTRIBUIDORA DIDACTIMEX, S.A. DE C.V.

RFCDDI0604053V8

Empresa fantasma

NO

OFAC

NO

Inhabilitada

SI

Deudora de impuestos

ND

Sancionada

ND

Detalle de sanciones

Para conocer la causa de las sanciones impuestas a las empresas, debe de consultarse la sección de información ampliada o bien referirse a las fuentes primarias de la información.

Inhabilitada

Causa de la sanciónLA EMPRESA ACTUÓ CON DOLO AL PRESENTAR DOCUMENTACIÓN APÓCRIFA.Leyes infringidasLEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO (LAASSP)Expediente006410318/2007Publicado en DOF20/05/2011Fecha de notificacion05/09/2011Autoridad sancionadorasfpDuración de la inhabilitación2 años, 2 mesesdesde23/05/2011hasta23/07/2013ObservacionesCIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA DENTRO DEL JUICIO DE AMPARO 1982/2010-I, POR EL JUEZ NOVENO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL

OFICIALES MAYORES DE LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.
PRESENTES.

CON FECHA 24 DE FEBRERO DE 2011, EL JUZGADO NOVENO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL, DENTRO DEL JUICIO DE AMPARO NÚMERO 1982/2010-I, PROMOVIDO POR EL C. ANTONIO LÓPEZ RAYA, APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA DISTRIBUIDORA DIDACTIMEX, S. A. DE C. V., EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO PISI-A-SUR D. F. –NC-DS-0318/2007, DICTÓ SENTENCIA EN EL QUE ESENCIALMENTE SEÑALÓ LO SIGUIENTE:

“EN CONSECUENCIA, RESULTA FUNDADO EL CONCEPTO DE VIOLACIÓN EN ESTUDIO, SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN, PARA LOS EFECTOS SIGUIENTES:

1. PARA QUE EL TITULAR DEL ÁREA DE RESPONSABILIDADES DE ESTE ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL:

A) DEJE INSUBSISTENTE LA RESOLUCIÓN DE VEINTICINCO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIEZ, PARA EL EFECTO DE QUE REPONGA EL PROCEDIMIENTO Y EMPLACE A JUICIO A LA DISTRIBUIDORA DIDACTIMEX, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE(SIC)

2.- PARA QUE EL NOTIFICADOR DE SU ADSCRIPCIÓN, DEJE INSUBSISTENTES LOS OFICIOS CITATORIO 00641/30.15/4400/2010 DE TRECE DE SEPTIEMBRE DE 2010 Y 00641/30.15/5913/2010 DE VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CITA, Y EN VÍA DE CONSECUENCIA, LAS NOTIFICACIONES DE VEINTICUATRO DE SEPTIEMBRE Y CINCO DE NOVIEMBRE, AMBAS DE DOS MIL DIEZ, REALIZADAS POR ROBERTO CARLOS ARTEAGA REYES, NOTIFICADOR ADSCRITO AL ÁREA DE RESPONSABILIDADES DE ESTE ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, QUIEN NO OBSTANTE QUE NO HAYA SIDO SEÑALADO COMO RESPONSABLE ,ESTÁ OBLIGADO A REALIZAR LOS ACTOS NECESARIOS PARA EL EFICAZ CUMPLIMIENTO DE LA EJECUTORIA DE AMPARO.” (SIC)



LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS INTERESADOS DEBERÁN CUMPLIR CON LO SEÑALADO ES ESTA CIRCULAR CUANDO LAS ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS, ASÍ COMO LA OBRA PÚBLICA QUE CONTRATEN, SE REALICEN CON CARGO TOTAL O PARCIAL A FONDOS FEDERALES, CONFORME A LOS CONVENIOS QUE CELEBREN CON EL EJECUTIVO FEDERAL.

CON FECHA 18 DE AGOSTO DE 2011, SE NOTIFICO ACUERDO DE FCHA 12 DE JULIO DE 2011 EN EL QUE SE DETERMINO NEGAR LA SUSPENSION PROVISIONAL DE LA RESOLUCION 00641/30.15/2697/2011 DE FECHA 2 DE MAYO DE 2011

CON FECHA 22 DE ENERO DE 2013 SE NOTIFICO SENTENCIA DE SALA DE FECHA 31 DE ENERO DE 2013 EN LA QUE SE DETERMINA RECONOCER LA VALIDEZ DE LA RESOLUCION IMPUGNADA.

CON FECHA 15 DE MAYO DE 2013 SE NOTIFICO ACUERDO DE FECHA 8 DE MAYO DE 2013 EN EL QUE SE DETERMINA DESECHAR LA DEMANDA DE AMPARO.
Cargo del responsable por la sanciónTITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL

➡️ Ver fuente SFP

Contacto: ojosancionesmx@gmail.com