Sanciones a C Y J CONSTRUCCIONES, S.A DE C.V.
Deudora de impuestos
ND
Donar
Detalle de sanciones
Para conocer la causa de las sanciones impuestas a las empresas, debe de consultarse la sección de información ampliada o bien referirse a las fuentes primarias de la información.
Inhabilitada
Causa de la sanciónPROBABLEMENTE SE UBICA EN EL SUPUESTO ESTABLECIDO EN LA FRACCIÓN IV, DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, AL HABER PROPORCIONADO PRESUNTAMENTE INFORMACIÓN FALSA EN LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. 18578025-002-10, PARA LA REPARACIÓN DE PAVIMENTOS EN CALLES, ACERAS, GUARNICIONES Y EXPLANADAS EN EL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA, YA QUE DICHA EMPRESA, CON FECHA DOCE DE MARZO DE DOS MIL DIEZ, CON EL FIN DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN LAS BASES, A TRAVÉS DE LA C. JAZMIN VAZQUEZ XALA, PRESENTÓ LOS DOCUMENTOS DA-3 (“DECLARACIÓN FISCAL O BALANCE GENERAL AUDITADO DE LA EMPRESA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL INMEDIATO ANTERIOR, CON EL QUE SE ACREDITE EL CAPITAL CONTABLE REQUERIDO POR LA CONVOCANTE)Y DT-6, (DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA CAPACIDAD FINANCIERA, LOS CUALES DEBERÁN INTEGRARSE AL MENOS POR LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS DE LOS DOS AÑOS ANTERIORES Y EL COMPARATIVO DE RAZONES FINANCIERAS BÁSICAS, DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LOS DICTÁMENES A LOS ESTADOS FINANCIEROS (BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS) CORRESPONDIENTES A LOS PERIODOS COMPRENDIDOS DEL CATORCE DE ABRIL AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, ELABORADO EL DÍA VEINTE DE JULIO DE DOS MIL NUEVE Y DEL PRIMERO DE ENERO AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL NUEVE ELABORADO EL DÍA CUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL DIEZLeyes infringidasLEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS (LOPSRM)Expediente185780012/2011Publicado en DOF13/01/2012Fecha de notificacion19/12/2011.Autoridad sancionadorasfpDuración de la inhabilitación3 años, 9 mesesdesde14/01/2012hasta14/10/2015ObservacionesEL PLAZO ANTES SEÑALADO, QUEDARA SUJETO A LO DISPUESTO POR EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMASCargo del responsable por la sanciónTITULAR DEL AREA DE RESPONSABILIDADES ➡️ Ver fuente SFP
Inhabilitada
Causa de la sanciónAL HABER PROPORCIONADO PRESUNTAMENTE INFORMACIÓN FALSA EN LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. 18578025-001-10, PARA LA EJECUCIÓN DE LA LOCALIZACIÓN Y ELIMINACIÓN DE FUGAS DE AGUA SUBTERRANEAS EN EL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA, YA QUE DICHA EMPRESA, CON FECHA ONCE DE MARZO DE DOS MIL DIEZ, CON EL FIN DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN LAS BASES, A TRAVÉS DE LA C. JAZMIN VAZQUEZ XALA, PRESENTÓ LOS DOCUMENTOS DA-3 (“DECLARACIÓN FISCAL O BALANCE GENERAL AUDITADO DE LA EMPRESA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL INMEDIATO ANTERIOR, CON EL QUE SE ACREDITE EL CAPITAL CONTABLE REQUERIDO POR LA CONVOCANTE)Y DT-6, (DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA CAPACIDAD FINANCIERA, LOS CUALES DEBERÁN INTEGRARSE AL MENOS POR LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS DE LOS DOS AÑOS ANTERIORES Y EL COMPARATIVO DE RAZONES FINANCIERAS BÁSICAS, DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LOS DICTÁMENES A LOS ESTADOS FINANCIEROS (BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS) CORRESPONDIENTES A LOS PERIODOS COMPRENDIDOS DEL CATORCE DE ABRIL AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, ELABORADO EL DÍA VEINTE DE JULIO DE DOS MIL NUEVE Y DEL PRIMERO DE ENERO AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL NUEVE ELABORADO EL DÍA CUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL DIEZ,Leyes infringidasLEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS (LOPSRM)Expediente185780009/2011Publicado en DOF12/01/2012Fecha de notificacion19/12/2011.Autoridad sancionadorasfpDuración de la inhabilitación3 años, 9 mesesdesde13/01/2012hasta13/10/2015ObservacionesEL PLAZO ANTES SEÑALADO, QUEDARA SUJETO A LO DISPUESTO POR EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.Cargo del responsable por la sanciónTITULAR DEL AREA DE RESPONSABILIDADES ➡️ Ver fuente SFP
Inhabilitada
Causa de la sanciónPRESENTÓ EL DOCUMENTO DT6 DENOMINADO DOCUMENTO PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA QUE COMPRENDE EL BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS POR EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 14 DE ABRIL AL 30 DE ABRIL DE 2008, DICHO ESTADO FINANCIERO NO ES RECONOCIDO POR EL CONTADOR QUE PRESUNTAMENTE EMITIÓ DICHO ESTADO FINANCIERO, POR LO QUE PODRÍA ENCUADRARSE EN EL SUPUESTO PREVISTO EN LA FRACCIÓN IV, DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.Leyes infringidasLEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS (LOPSRM)Expediente185780032/2010Publicado en DOF20/08/2010Fecha de notificacion21/07/2010.Autoridad sancionadorasfpDuración de la inhabilitación3 años, 9 mesesdesde21/08/2010hasta21/05/2014ObservacionesEL PLAZO ANTES SEÑALADO, QUEDARÁ SUJETO A LO DISPUESTO POR EL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
EL 28 DE ABRIL DE 2011, EL ACTUARIO ADSCRITO A LA PRIMERA SALA REGIONAL DEL GOLFO DEL T.F.J.F.A. NOTIFICA QUE EN EL JUICIO DE NULIDAD 2333/10-13-01-7, SE DICTÓ LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA DEFINITIVA DE FECHA 6 DE ABRIL DE 2011, POR LA QUE NIEGA LA SUSPENSION DE LA EJECUCION DE LA SANCION DE INHABILITACIÓN
CON FECHA 21 DE MAYO DE 2012, LA PRIMERA SALA REGIONAL DEL GOLFO DEL T.F.J.F.A. NOTIFICA EN EL JUICIO DE NULIDAD 2333/10-13-01-7, LA SENTENCIA EMITIDA EL 20 DE ABRIL DE 2012, POR LA CUAL DECLARA LA VALIDEZ DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADACargo del responsable por la sanciónTITULAR DEL AREA DE RESPONSABILIDADES ➡️ Ver fuente SFP
Inhabilitada
Causa de la sanciónPRESENTÓ EL DOCUMENTO DT6 DENOMINADO DOCUMENTO PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA QUE COMPRENDE EL BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS POR EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 14 DE ABRIL AL 30 DE ABRIL DE 2008, DICHO ESTADO FINANCIERO NO ES RECONOCIDO POR EL CONTADOR QUE PRESUNTAMENTE EMITIÓ DICHO ESTADO FINANCIERO, POR LO QUE PODRÍA ENCUADRARSE EN EL SUPUESTO PREVISTO EN LA FRACCIÓN IV, DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.Leyes infringidasLEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS (LOPSRM)Expediente185780030/2010Publicado en DOF20/08/2010Fecha de notificacion21/07/2010.Autoridad sancionadorasfpDuración de la inhabilitación3 años, 9 mesesdesde21/08/2010hasta21/05/2014ObservacionesEL PLAZO ANTES SEÑALADO, QUEDARÁ SUJETO A LO DISPUESTO POR EL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
EL 28 DE ABRIL DE 2011, EL ACTUARIO ADSCRITO A LA PRIMERA SALA REGIONAL DEL GOLFO DEL T.F.J.F.A. NOTIFICA QUE EN EL JUICIO DE NULIDAD 2333/10-13-01-7, SE DICTÓ LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA DEFINITIVA DE FECHA 6 DE ABRIL DE 2011, POR LA QUE NIEGA LA SUSPENSION DE LA EJECUCION DE LA SANCION DE INHABILITACIÓN
CON FECHA 21 DE MAYO DE 2012, LA PRIMERA SALA REGIONAL DEL GOLFO DEL T.F.J.F.A. NOTIFICA EN EL JUICIO DE NULIDAD 2333/10-13-01-7, LA SENTENCIA EMITIDA EL 20 DE ABRIL DE 2012, POR LA CUAL DECLARA LA VALIDEZ DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADACargo del responsable por la sanciónTITULAR DEL AREA DE RESPONSABILIDADES ➡️ Ver fuente SFP
Inhabilitada
Causa de la sanciónPRESENTÓ EL DOCUMENTO DT6 DENOMINADO DOCUMENTO PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA QUE COMPRENDE EL BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS POR EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 14 DE ABRIL AL 31 DE JULIO DE 2008, DICHO ESTADO FINANCIERO NO ES RECONOCIDO POR EL CONTADOR QUE PRESUNTAMENTE EMITIÓ DICHO ESTADO FINANCIERO, POR LO QUE PODRÍA ENCUADRARSE EN EL SUPUESTO PREVISTO EN LA FRACCIÓN IV, DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.Leyes infringidasLEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS (LOPSRM)Expediente185780028/2010Publicado en DOF20/08/2010Fecha de notificacion21/07/2010.Autoridad sancionadorasfpDuración de la inhabilitación3 años, 9 mesesdesde21/08/2010hasta21/05/2014ObservacionesEL PLAZO ANTES SEÑALADO, QUEDARÁ SUJETO A LO DISPUESTO POR EL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
EL 28 DE ABRIL DE 2011, EL ACTUARIO ADSCRITO A LA PRIMERA SALA REGIONAL DEL GOLFO DEL T.F.J.F.A. NOTIFICA QUE EN EL JUICIO DE NULIDAD 2333/10-13-01-7, SE DICTÓ LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA DEFINITIVA DE FECHA 6 DE ABRIL DE 2011, POR LA QUE NIEGA LA SUSPENSION DE LA EJECUCION DE LA SANCION DE INHABILITACIÓN
CON FECHA 21 DE MAYO DE 2012, LA PRIMERA SALA REGIONAL DEL GOLFO DEL T.F.J.F.A. NOTIFICA EN EL JUICIO DE NULIDAD 2333/10-13-01-7, LA SENTENCIA EMITIDA EL 20 DE ABRIL DE 2012, POR LA CUAL DECLARA LA VALIDEZ DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADACargo del responsable por la sanciónTITULAR DEL AREA DE RESPONSABILIDADES ➡️ Ver fuente SFP
Inhabilitada
Causa de la sanciónPRESENTÓ ELDOCUMENTO DT6 DENOMINADO DOCUMENTO PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA QUE COMPRENDE EL BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS POR EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 14 DE ABRIL AL 31 DE JULIO DE 2008, DICHO ESTADO FINANCIERO NO ES RECONOCIDO POR EL CONTADOR QUE PRESUNTAMENTE EMITIÓ DICHO ESTADO FINANCIERO, POR LO QUE PODRÍA ENCUADRARSE EN EL SUPUESTO PREVISTO EN LA FRACCIÓN IV, DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.Leyes infringidasLEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS (LOPSRM)Expediente185780026/2010Publicado en DOF20/08/2010Fecha de notificacion21/07/2010.Autoridad sancionadorasfpDuración de la inhabilitación3 años, 9 mesesdesde21/08/2010hasta21/05/2014ObservacionesEL PLAZO ANTES SEÑALADO, QUEDARÁ SUJETO A LO DISPUESTO POR EL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
EL 28 DE ABRIL DE 2011, EL ACTUARIO ADSCRITO A LA PRIMERA SALA REGIONAL DEL GOLFO DEL T.F.J.F.A. NOTIFICA QUE EN EL JUICIO DE NULIDAD 2333/10-13-01-7, SE DICTÓ LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA DEFINITIVA DE FECHA 6 DE ABRIL DE 2011, POR LA QUE NIEGA LA SUSPENSION DE LA EJECUCION DE LA SANCION DE INHABILITACIÓN
CON FECHA 21 DE MAYO DE 2012, LA PRIMERA SALA REGIONAL DEL GOLFO DEL T.F.J.F.A. NOTIFICA EN EL JUICIO DE NULIDAD 2333/10-13-01-7, LA SENTENCIA EMITIDA EL 20 DE ABRIL DE 2012, POR LA CUAL DECLARA LA VALIDEZ DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADACargo del responsable por la sanciónTITULAR DEL AREA DE RESPONSABILIDADES ➡️ Ver fuente SFP
Inhabilitada
Causa de la sanciónPROBABLEMENTE SE UBICA EN EL SUPUESTO ESTABLECIDO EN LA FRACCIÓN IV, DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, AL HABER PROPORCIONADO PRESUNTAMENTE INFORMACIÓN FALSA EN LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. 18578025-004-10, PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS CONSISTENTES EN “OBRA CIVIL Y ELECTROMECANICA PARA LA REHABILITACIÓN DE CLARIFICADORES EN EL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS”, YA QUE DICHA EMPRESA, CON FECHA TREINTA Y UNO DE MARZO DE DOS MIL DIEZ, CON EL FIN DE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN LAS BASES, A TRAVÉS DE LA C. JAZMIN VAZQUEZ XALA, PRESENTÓ LOS DOCUMENTOS DA-3 (“DECLARACIÓN FISCAL O BALANCE GENERAL AUDITADO DE LA EMPRESA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL INMEDIATO ANTERIOR, CON EL QUE SE ACREDITE EL CAPITAL CONTABLE REQUERIDO POR LA CONVOCANTE)Y DT-6, (DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA CAPACIDAD FINANCIERA, LOS CUALES DEBERÁN INTEGRARSE AL MENOS POR LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS DE LOS DOS AÑOS ANTERIORES Y EL COMPARATIVO DE RAZONES FINANCIERAS BÁSICAS, DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LOS DICTÁMENES A LOS ESTADOS FINANCIEROS (BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS) CORRESPONDIENTES A LOS PERIODOS COMPRENDIDOS DEL CATORCE DE ABRIL AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, ELABORADO EL DÍA VEINTE DE JULIO DE DOS MIL NUEVE Y DEL PRIMERO DE ENERO AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL NUEVE ELABORADO EL DÍA CUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL DIEZLeyes infringidasLEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS (LOPSRM)Expediente185780011/2011Publicado en DOF13/01/2012Fecha de notificacion19/12/2011.Autoridad sancionadorasfpDuración de la inhabilitación3 años, 9 mesesdesde14/01/2012hasta14/10/2015ObservacionesEL PLAZO ANTES SEÑALADO, QUEDARA SUJETO A LO DISPUESTO POR EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMASCargo del responsable por la sanciónTITULAR DEL AREA DE RESPONSABILIDADES ➡️ Ver fuente SFP