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Sanciones a COMERCIALIZADORA ALDARI, S.A DE C.V

RFCCAL920210IM9

Empresa fantasma

NO

OFAC

NO

Inhabilitada

SI

Deudora de impuestos

ND

Sancionada

ND

Detalle de sanciones

Para conocer la causa de las sanciones impuestas a las empresas, debe de consultarse la sección de información ampliada o bien referirse a las fuentes primarias de la información.

Inhabilitada

Causa de la sanciónPRESENTO DOCUMENTACION APOCRIFALeyes infringidasLEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO (LAASSP)Expediente006410296/2007Publicado en DOF28/08/2007Fecha de notificacion17/08/2007.Autoridad sancionadorasfpDuración de la inhabilitación1 año, 6 mesesdesde29/08/2007hasta28/02/2009ObservacionesCON FECHA 7 DE DICIEMBRE DE 2009, LA TERCERA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, DENTRO DEL JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 26667/07-17-03-1, PROMOVIDO POR EL C. DAVID RAMÓN CERDIO REYES, REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA COMERCIALIZADORA ALDARI S.A. DE C.V., EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN DE FECHA 7 DE JULIO DE 2006, DICTADA DENTRO DEL EXPEDIENTE PISI-A-NC-DS-03/2006, EN LA QUE SE LE IMPUSO UNA INHABILITACIÓN POR EL TÉRMINO DE UN AÑO Y SEIS MESES, Y LA MULTA POR LA CANTIDAD DE $482,806.40 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL, OCHOCIENTOS SEIS PESOS 40/100 M.N), EMITIÓ SENTENCIA DEFINITIVA EN EL QUE RESOLVIÓ LO SIGUIENTE:

“I.- LA PARTE ACTORA NO PROBÓ SU PRETENSIÓN, EN CONSECUENCIA;

II.- SE RECONOCE LA VALIDEZ DEL ACTO IMPUGNADO, QUE QUEDO PRECISADO EN EL RESULTANDO PRIMERO DEL PRESENTE FALLO.

III.- NOTIFÍQUESE”

AHORA BIEN, LA SANCIÓN DE INHABILITACIÓN DE 1 AÑO Y 6 MESES, FUE PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE AGOSTO DE 2007, E INICIO EL 29 SIGUIENTE, MISMA QUE FUE SUSPENDIDA PROVISIONALMENTE EL 5 DE OCTUBRE DE 2007, POR ACUERDO DE LA TERCERA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, DENTRO DEL JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 26667/07-17-03-1, POR LO QUE HABÍA TRASCURRIDO 1 MES Y 6 DIAS, SUSPENSIÓN QUE FUE LEVANTADA POR SENTENCIA DE FECHA 2 DE JUNIO DE 2008, POR LO QUE SE REINICIO NUEVAMENTE EL RESTO DE LA INHABILITACIÓN FALTANTE DE 1 AÑO. 4 MESES Y 24 DÍAS, SIENDO QUE A LA FECHA DE 23 DE ABRIL DE 2010, EN LA QUE SE DECLARA FIRME LA SENTENCIA, LA SANCIÓN DE INHABILITACIÓN IMPUESTA A LA EMPRESA COMERCIALIZADORA ALDARI S.A. DE C.V., SE ENCUENTRA EJECUTADA; AHORA BIEN RESPECTO A LA MULTA DE $482,806.40 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL, OCHOCIENTOS SEIS PESOS 40/100 M.N), ESTA TAMBIÉN SE ENCUENTRA FIRME.



NO OBSTANTE DE QUE LA INHABILITACIÓN YA SE ENCUENTRA EJECUTADA, SEGÚN LA PUBLICACIÓN EN EL DOF DEL 29/06/2010; DICHA INHABILITACIÓN SUBSISTIRA HASTA QUE EL INFRACTOR PAGUE LA MULTA.
Cargo del responsable por la sanciónTITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL

➡️ Ver fuente SFP

Contacto: ojosancionesmx@gmail.com